VENEZUELA VIRTUAL
|
Leyes
|
Leyes Orgánicas
| Ley Orgánica de Hidrocarburos
Artículo 6:
Las decisiones que adopte la República con motivo de los acuerdos o tratados internacionales en materia de hidrocarburos por ella celebrados, se aplicarán a quienes realicen las actividades a las cuales se refiere este Decreto Ley.
EFEMÉRIDES