VENEZUELA VIRTUAL | Leyes | Leyes Orgánicas | Ley Orgánica de Ciencia, Tecnología e Innovación
Título VIII
Del régimen sancionatorio y procedimientos

Capítulo I
Disposiciones Generales

Artículo 80. Prescripción de la ejecución de sanciones administrativas. La ejecución de las sanciones administrativas previstas en esta Ley prescribe a los tres (3) años, contados desde el momento en que hayan quedado definitivamente firmes.

 EFEMÉRIDES