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Título VIII
Del régimen sancionatorio y procedimientos
Capítulo I
Disposiciones Generales
Artículo 76. Circunstancias atenuantes. Son circunstancias atenuantes:
1. La conducta que el obligado asuma a favor del esclarecimiento de los hechos.
2. La presentación de la documentación fidedigna.
3. El pago de las multas e intereses y el cumplimiento de la obligación de aportar antes de la terminación del procedimiento.
4. El cumplimiento de los requisitos omitidos que puedan dar lugar a la imposición de la sanción.
5. Las demás circunstancias atenuantes que resulten de los procedimientos administrativos o judiciales, aunque no estén previstas expresamente en la ley.
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