VENEZUELA VIRTUAL | Leyes | Leyes Orgánicas | Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales
Título V
Del Amparo de la Libertad y Seguridad Personales

Artículo 40: Los Juzgados de Primera Instancia en lo Penal son competentes para conocer y decidir sobre el amparo de la libertad y seguridad personales. Los respectivos Tribunales Superiores conocerán en consulta de las sentencias dictadas por aquellos.

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