VENEZUELA VIRTUAL | Leyes | Leyes Orgánicas | Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales
Título IV
Del Procedimiento

Artículo 16: La acción de amparo es gratuita por excelencia. Para su tramitación no se empleará papel sellado ni estampillas y en caso de urgencia podrá interponerse por vía telegráfica. De ser así, deberá ser ratificada personalmente o mediante apoderado dentro de los tres (3) días siguientes.

También procede su ejercicio en forma verbal y, en tal caso, el Juez deberá recogerla en un acta.

 EFEMÉRIDES