VENEZUELA VIRTUAL | Leyes | Leyes Orgánicas | Ley Orgánica de Aduanas
Título I
Disposiciones Fundamentales

Artículo 11: Cuando las mercancías hubieren sido retiradas de la zona aduanera, sin que se hubieren satisfecho todos los requisitos establecidos en la Ley o las condiciones a que quedó sometida su introducción o extracción o no se hubiere pagado el crédito fiscal respectivo, el Fisco Nacional podrá perseguirlas y aprehenderlas.

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