VENEZUELA VIRTUAL | Leyes | Leyes Orgánicas | Ley Orgánica de Aduanas
Título I
Disposiciones Fundamentales

Artículo 2: La organización, el funcionamiento, el control y el régimen del servicio aduanero competen al Presidente de la República, en Consejo de Ministros, al Ministro de Hacienda y al Jefe de la Administración Aduanera.
 EFEMÉRIDES