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Requisitos para obtener la solvencia laboral
13/11/2007. El primer paso para los patronos es inscribirse en el Registro Nacional de Empresas y Establecimientos, a través del sitio web del Ministerio del Trabajo.


Para obtener la solvencia laboral, el patrono deberá inscribirse en el Registro Nacional de Empresas y Establecimientos en la página web del Ministerio del Trabajo (Mintra) y efectuar la Solicitud de Inscripción, de la que deben consignarse dos copias.

A este documento se adjunta lo siguiente: copia del documento constitutivo, última reforma estatutaria y designación de la junta directiva vigente; copia del Registro de Información Fiscal (RIF); copia del Número de Identificación Tributaria (NIT), de ser el caso; cédula del Patrono o Empresa (Forma 14-01) expedida por el Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (IVSS), o "Constancia de No Afiliado", tanto del solicitante como de las sucursales; comprobante de inscripción en el Registro Nacional de Aportantes (RNA) llevado por el Instituto Nacional de Cooperación Educativa (INCE), de ser el caso; constancia de afiliación al Fondo de Ahorro Obligatorio para la Vivienda expedida por la entidad bancaria u Oficio de Empresa No Afiliada al Fondo de Ahorro Obligatorio para la Vivienda, expedida por el Consejo Nacional de la Vivienda (CONAVI); copia del certificado de registro de inscripción por ante la Superintendencia Nacional de Cooperativas (SUNACOOP), de ser el caso; nómina de trabajadores y trabajadoras, de forma impresa en el formato de nómina, que se encuentra en el portal web del Mintra.

Una vez que se presenten los requisitos, se otorga un NIL (Número de Inscripción Laboral) así como una contraseña para acceder a su página personal y así solicitar la solvencia laboral vía Internet.

Cinco o seis días hábiles más tarde, el empresario deberá dirigirse a la Inspectoría del Trabajo donde esté ubicado su domicilio estatuario para retirar la solvencia laboral.



FUNDES Venezuela / Boletín Mundo PyME

 
 
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